El convenio regulador en el divorcio
El convenio regulador es el acuerdo que recoge todas las decisiones importantes que afectan a la vida de la pareja una vez separados. Es obligatorio en los divorcios de mutuo acuerdo y también puede aparecer en las separaciones legales.
Su finalidad es evitar conflictos futuros y dejar claro desde el principio qué derechos y deberes tiene cada parte tras la ruptura.
Aunque cada convenio puede adaptarse a la situación concreta de cada pareja, por lo general debe incluir:
- La guarda y custodia de los hijos menores, si los hay. Es decir, con quién vivirán y cómo se organizarán las visitas.
- El régimen de visitas y comunicación con el progenitor no custodio.
- La pensión de alimentos para los hijos, con la cantidad y la forma de pago.
- El uso del domicilio familiar, es decir, quién se queda en la casa.
- La pensión compensatoria, si corresponde, en caso de que uno de los cónyuges quede en peor situación económica tras el divorci
- La distribución de los bienes y deudas comunes, si hay separación de bienes o se quiere liquidar la sociedad ganancial.
Es muy importante que el convenio esté bien redactado y adaptado al caso concreto, porque lo que se acuerde ahí tendrá fuerza legal una vez aprobado por el juez.
Si el divorcio es de mutuo acuerdo, el convenio regulador es un requisito imprescindible. Se presenta junto con la demanda de divorcio y debe ser aprobado por el juez, siempre que no perjudique a ninguna de las partes ni a los hijos menores.
En caso de divorcio contencioso (sin acuerdo), será el juez quien tome las decisiones, aunque a veces las partes llegan a un convenio durante el proceso judicial.
Aunque el convenio regulador tiene valor legal, puede modificarse si cambian las circunstancias personales o económicas de alguna de las partes. Para ello, hay que presentar una solicitud de modificación ante el juzgado, con pruebas que justifiquen el cambio.