¿Se puede desheredar a un hijo en Bizkaia? El derecho a apartar en el Derecho Civil Vasco
En el ámbito del Derecho común español, desheredar a un hijo no es tarea sencilla: solo se permite en supuestos tasados y debidamente acreditados. Sin embargo, en Bizkaia, gracias al régimen foral vasco, existe una figura que flexibiliza considerablemente esta posibilidad: el derecho a apartar.
¿Qué significa apartar a un hijo en Bizkaia?
Apartar es una figura propia del Derecho Civil Vasco, recogida en la Ley 5/2015, de Derecho Civil Vasco, que permite al causante excluir de la herencia a un descendiente forzoso sin necesidad de alegar causa alguna. A diferencia de la desheredación tradicional, que exige causa justa y prueba suficiente, el apartamiento es completamente libre.
Esto supone una diferencia sustancial con el sistema del Código Civil estatal y ofrece al testador vasco una mayor libertad para organizar su sucesión.
¿Qué requisitos debe cumplir el apartamiento?
- Debe constar expresamente en el testamento.
El testador debe manifestar de forma clara y explícita su voluntad de apartar al descendiente o legitimario. - No se requiere alegar causa ni justificar motivo.
A diferencia de la desheredación del Código Civil, el apartamiento no necesita probarse ni fundarse en conducta alguna del hijo. - El testador debe tener vecindad civil vasca.
Es imprescindible que el causante tenga vecindad civil en el País Vasco, o más concretamente, en Bizkaia si se quiere aplicar el régimen del Fuero.