¿Se puede desheredar a un hijo en Bizkaia? El derecho a apartar en el Derecho Civil Vasco

En el ámbito del Derecho común español, desheredar a un hijo no es tarea sencilla: solo se permite en supuestos tasados y debidamente acreditados. Sin embargo, en Bizkaia, gracias al régimen foral vasco, existe una figura que flexibiliza considerablemente esta posibilidad: el derecho a apartar.

¿Qué significa apartar a un hijo en Bizkaia?

Apartar es una figura propia del Derecho Civil Vasco, recogida en la Ley 5/2015, de Derecho Civil Vasco, que permite al causante excluir de la herencia a un descendiente forzoso sin necesidad de alegar causa alguna. A diferencia de la desheredación tradicional, que exige causa justa y prueba suficiente, el apartamiento es completamente libre.
Esto supone una diferencia sustancial con el sistema del Código Civil estatal y ofrece al testador vasco una mayor libertad para organizar su sucesión.

¿Qué requisitos debe cumplir el apartamiento?

  1. Debe constar expresamente en el testamento.
    El testador debe manifestar de forma clara y explícita su voluntad de apartar al descendiente o legitimario.
  2. No se requiere alegar causa ni justificar motivo.
    A diferencia de la desheredación del Código Civil, el apartamiento no necesita probarse ni fundarse en conducta alguna del hijo.
  3. El testador debe tener vecindad civil vasca.
    Es imprescindible que el causante tenga vecindad civil en el País Vasco, o más concretamente, en Bizkaia si se quiere aplicar el régimen del Fuero.

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